jueves, 12 de diciembre de 2019

BREVES CONSEJOS PARA VIAJAR A CUBA SIN DIFICULTADES

Breves consejos para viajar aCuba sin dificultades.

Si eres cubano y vives o viajas al extranjero independientemente si tienes o no con carne de identidad cubano debes tener en cuenta ciertas cuestiones a la hora de regresar a Cuba. Los siguientes consejos te ayudaran a entender de manera fácil y rápida lo que tienes que hacer para que puedas realizar este viaje con los menores contratiempos posibles.





Documentos necesarios para viajar a Cuba.

Debes prepararte para pasar por inmigración y por la aduana de Cuba. 

Si naciste en Cuba, por tanto, eres ciudadano cubano y tienes que entrar al territorio nacional con tu pasaporte cubano por lo que debes tenerlo siempre en vigor y con las prórrogas establecidas.


El pasaporte, hasta el momento, tiene una vigencia de 6 años y hay que prorrogarlo cada dos años. Asi se establece en el artículo 44 de la Ley de Migración.








Los ciudadanos cubanos que han emigrados ya no tienen que presentar su pasaporte habilitado. Se considera como emigrado, cuando viaja al exterior por asuntos particulares y permanece de forma ininterrumpida por un término superior a los 24 meses, sin la autorización correspondiente; así como cuando se domicilia en el exterior sin cumplir las regulaciones migratorias vigentes.


Quienes están autorizados a residir con carácter permanente en el exterior sin perder su residencia en Cuba,se les denomina residentes cubanos en el exterior. Dicho estatus generalmente se le concede a personas que contraen matrimonio con extranjeros y solicitan residir en el país del cónyuge sin perder su vínculo con el país.

1.   El pasaporte cubano podrá renovarse hasta 6 meses antes de su fecha de vencimiento y podrá renovarse en caso de pérdida (extravío, robo, etc.), por daño, deterioro o porque todas sus páginas estén llenas. El arancel de la solicitud de renovación de pasaporte es de aproximadamente 200 Usd o 183.00 Euros. Si el pasaporte está vencido o próximo a vencerse y no ha sido colocada alguna prórroga con anterioridad, no será necesario colocarla para solicitar un nuevo pasaporte.

2.   Siempre que vayas a solicitar un nuevo pasaporte, por las razones que sean, debes tener en tu poder inscripción de nacimiento cubano, la misma no tiene que estar actualizada ni legalizada por el MINREX de Cuba, solo te la solicitan para plasmar bien tus datos personales en el nuevo pasaporte.

Si se te ha extraviado o te han robado el pasaporte para la confección del nuevo pasaporte, además de presentar la inscripción de nacimiento también deberás presentar la denuncia policial correspondiente, la que puedes realizar ante la policía del País donde te encuentras.  
Si tienes necesidad de viajar a Cuba con urgencia las autoridades migratorias cubanas pueden autorizarte y confeccionarte el documento de identidad y viaje, este documento sustituye al pasaporte cubano y sólo se utiliza para entrar a Cuba.  
El pasaporte cubano tiene una validez de 6 (seis) años, contados desde la fecha en que fue expedido y debe ser prorrogado dos veces por 2 (dos) años cada vez para efectuar una prórroga de su pasaporte. 
Las prórrogas de pasaporte son consecutivas, de manera que para colocar la segunda prórroga se deberá colocar necesariamente la primera. 
El arancel de la solicitud de cada prórroga de pasaporte (válida por 2 años) es de 90.00 Euros, si fuese necesario abonar dos prórrogas, el arancel será de 180.00 Euros.

 3.    Los pasaportes se pueden prorrogar de manera presencial, acudiendo personalmente al Consulado, o de manera no presencial, realizando el trámite por medio de una agencia de mensajería o a través de otra persona, en cuyo caso se deberá abonar un arancel adicional de 25.00 Euros. 
Si resides en el extranjero o por otro motivo tu viaje tiene una duración determinada, es decir que vas a salir nuevamente de Cuba te recordamos que debes acompañar al pasaporte cubano el documento nacional de identidad del País destino, la tarjeta de residente extranjero o el visado que exija en su caso el país de destino. Ademas, debes asegurarte de que no apareces en las listas de “no admisión” del País destinos.


Entrada a Cuba, lo que debes saber:


Al llegar a Cuba vía aire omar vas a encontrarte con los funcionarios de aduana que son los que van a autorizar tu entrada al País, por lo que debes prepararte para ello.En el avión durante el vuelo o a tu llegada al aeropuerto antes de tu entrada a Cuba, debes realizar la Declaración de Aduanas, cumplimentando un formulario con la información que solicitan. 



Esta declaración la debes hacer con total claridad y sinceridad pues de ella depende en gran medida la facilidad de paso por la aduana. No tienes que incluir en la misma los efectos personales, pero si debes declarar los artículos por los que deberá pagar derechos de aduanas y si vas a ingresar al País más de 5 mil USD en efectivo.


Si viajas con un niño menor de 10 años solo puede ingresar al país sus efectos personales, incluyendo sus juguetes, que también son considerados en esta categoría. Si el niño es mayor de 10 años puede importar de igual manera la cantidad de artículos comprendidos dentro del límite establecido. 

Si tienes que hacer el viaje a Cuba de forma apresurada, es decir que no tuviste el tiempo suficiente para preparar bien tu equipaje la manera ideal para entrar sin mayores dificultades es el canal verde, ya que es la forma más fácil y rápida de pasar por el aeropuerto. Podrás transitar por dicho canal cuando no tienes pagos que hacer y no traes contigo artículos regulados o prohibidos. 







En el Canal Verde no le realizan control físico a tu equipaje, siempre y cuando cumplas con todos los requisitos.

En Cuba, transitas por este canal si tu documentación es correcta y tu equipaje no supera los 30 kilogramos. 





Dentro de estos, puedes traer hasta 50 puntos de equipos electrodomésticos, electrónicos, informáticos, de comunicaciones, piezas de vehículos y otros equipos duraderos. 

Los puntos se descuentan de los kilogramos a razón de 10 puntos equivalen a 1 kilogramo; por lo tanto, si llevas uno o varios equipos que te sumen los 50 puntos solo podrás traer 25 kg de miscelánea. De esta forma, no sobrepasa los 30. Además, puedes entrar en una bolsa parte de forma gratuita 10 kg de medicamentos.


Por último, existen otros artículos que, por su naturaleza, se encuentran exentos del pago de derechos aduanales.

 Estos son:


  • Sillas de ruedas para inválidos,
  • Prótesis cuando reemplacen o sustituyan un órgano o parte de él
  • Libros científicos, técnicos, de arte y literatura
  • Partituras musicales, discos, cintas magnetofónicas, vistas fijas y películas cinematográficas para la enseñanza
  • Los equipos, libros o materiales destinados para personas ciegas,
  • Las medallas, condecoraciones y los premios concedidos en el extranjero,
  • Los productos que como regalos o premios reciban los ciudadanos cubanos por su condición de científicos, deportistas, artistas y otra (con su documento de origen correspondiente).
  • Los productos que, como importación temporal, traen los extranjeros en su condición de artistas, deportistas, especialistas, científicos, periodistas y cineastas.


Los artículos anteriores se incluyen dentro de los 25 kg de miscelánea que pasas como parte de tus efectos personales.


Muy importante. Si la Aduana lo considera necesario está facultada para solicitar y efectuar la inspección a las maletas de los pasajeros que hayan solicitado este canal.

CANAL ROJO. 

Si, por el contrario, llegas a Cuba con otros artículos más allá de tus efectos personales, por ejemplo, si estás realizando tu viaje del año, irías por el otro canal este es el llamado 



CANAL ROJO: Cuando tu equipaje sobrepasa los 30 kilogramos, si traes productos con regulaciones específicas o debes pagar los aranceles aduanales, por lo que debes dirigirte al Canal Rojo, donde los agentes aduaneros le realizan inspección física a tu equipaje, así como el cálculo y cobro de los aranceles establecidos.




Límite detu importación

Todo pasajero tiene derecho a importar en un año hasta 125 kilogramos, y dentro de estos hasta 1000 puntos de equipos electrodomésticos, electrónicos, informáticos y otros equipos duraderos. De esos 125 kg, pasarían libres de costo 30 kg, y puedes pasar dentro de estos hasta 50 puntos de equipos. 

Los puntos se les descuentan a los kilogramos a razón de 10 puntos es igual a 1 kilogramo. Por ejemplo, si solo trajeras 25 kg de miscelánea y un microondas (con valor de 50 puntos), no tendrías que pagar nada a la Aduana, no se considera que hayas hecho importación. También puedes pasar de traer algún equipo y solo traer 30 kg de miscelánea. Esta cantidad gratuita la Aduana la entiende como tus efectos personales. 

Si el peso del equipaje sobrepasa los 125 kg, el excedente será decomisado, pudiendo el viajero elegir los artículos que le decomisen.¿Qué traer dentro de estos? Pues ropa, zapatos, carteras, alimentos, artículos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumería y cualquier otro producto de carácter personal. Además, se incluyen tu móvil, laptop, cámara fotográfica, un reproductor de multimedia digital portátil y un aparato de televisión también portátil.

En el caso de los niños, se adicionan sus juguetes, dos tradicionales y dos electrónicos; asimismo los artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los bebés.


Equipajeno acompañado ENA

Si en la aerolínea en que viajaras a Cuba no te permite o tu no quieres llevar por ella los 125 kg a la que tienes derecho importar en un año puedes hacer uso del servicio de Equipaje No Acompañado a Cuba. es aquel que sale antes o después de la fecha de salida o llegada del pasajero, y tampoco llega junto al viajero este puede llegar antes o después que el viajero. 

Este tipo de envíos esta disponible tanto para los cubanos que viven como los que viajan al exterior y se contrata en las agencias transportistas que realizan este tipo de envío desde diferentes países que tienen convenios con la Aduana de Cuba.


 Es fundamental cumplir con las normas de aduana para el equipaje no acompañado a Cuba.


Las formas de envío son por vía aérea o marítima, siendo esta última más barata. Se pueden enviar como ENA los artículos permitidos por las normas de aduana.Si usted envía equipaje no acompañado debe tener presente que las cantidades o valor es la suma de este mas el acompañado. Por ejemplo, si usted viaja a Cuba con 40 kg o valores por 400 pesos como parte de su equipaje en el avión, solo puede enviar como equipaje no acompañado 60 kg o valores por 600 pesos.

Requisitos que debe cumplir el ENA


El despacho o envío tiene que haber sido realizado por el mismo pasajero o en su nombre.

Debe pertenecer a una persona que realmente haya viajado a Cuba. 

El equipaje tiene que haber sido enviado desde el mismo país de procedencia del pasajero. 

Debe estar consignado al propio pasajero, al mismo que viene y lo envió a su nombre. 

No puede enviarlo a nombre de otra persona.

Que no hayan transcurrido, desde la fecha de llegada al país del pasajero, más de noventa (90) días si arriba por vía aérea, ni más de ciento veinte (120) días si el arribo es por vía  marítima (actualizado por la  RESOLUCIÓN No. 529/2019).


Las normas aclaran que de no cumplirse estos requisitos el equipaje no clasifica entonces como no acompañado. En ese caso la carga recibe el tratamiento de envío postal y se complica y asunto.Cómo se cobra este tipo de equipaje a Cuba.

El cobrode los derechos de aduana para el equipaje no acompañado se realiza igual que para el acompañado.Como se explicó en párrafos anteriores se tiene en cuenta el peso o valor ya consumido por el pasajero a su arribo a Cuba.

El límite son 1000 pesos o 100 kg entre los dos, el acompañado y el no acompañado.Es decir, que si envía 50 kg como equipaje no acompañado entonces solo puede en el acompañado los restantes 50 kg.

Por otra parte, si la valoración del equipaje no acompañado es de 500 pesos, solo puede llevar con su equipaje de pasajero, el equipaje acompañado, los otros 500 pesos restantes en valores, casi siempre misceláneas. 


En otras entradas de este Blog aparece el listado de precios de La Aduana de Cuba actualizado 2019





Permanencia en Cuba de las personas consideradas emigradas o con residencia en el exterior. La Ley Migratoria estipula en su Artículo 47 que:

  • En ambos casos, la autoridad migratoria puede prorrogar el término cuando corresponda.




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